Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: qué dice la ley
Desde el 2 de enero de 2026, los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) deben tener un seguro de responsabilidad civil obligatorio, igual que los coches y las motos. Es una de las novedades de la Ley 5/2025, que reformó la ley del seguro del automóvil para adaptarla a una directiva europea.
Qué vehículos deben tener seguro
La obligación afecta, en general, a los vehículos de motor eléctrico ligeros que no son bicicletas, como:
- Patinetes eléctricos.
- Monociclos y plataformas eléctricas (tipo segway o hoverboard), según sus características.
La ley se basa en la velocidad y el peso del vehículo para decidir si está incluido, y su desarrollo técnico puede concretar más los casos. Si tienes dudas sobre tu modelo, pregunta al vendedor o a una aseguradora con el modelo exacto.
Qué queda fuera
Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido (EPAC), cuyo motor solo ayuda mientras pedaleas, de hasta 250 W y que dejan de asistir a 25 km/h, no necesitan este seguro obligatorio.
Qué cubre el seguro obligatorio
Cubre los daños que causes a terceros con el patinete: lesiones a peatones u otros usuarios y daños a sus bienes. Las coberturas mínimas fijadas para estos vehículos son:
- Daños personales: 6,45 millones de euros por siniestro.
- Daños materiales: 1,3 millones de euros por siniestro.
No cubre tus propias lesiones ni los daños de tu patinete. Para eso puedes añadir coberturas opcionales, como un seguro de accidentes o la cobertura de robo.
Registro en la DGT
La reforma prevé también un registro de VMP gestionado por la DGT, con un sistema de identificación del vehículo. Comprueba en la web de la DGT los requisitos y plazos vigentes para tu patinete, porque su aplicación práctica se está desplegando por fases.
Qué pasa si no tienes seguro
Circular sin el seguro obligatorio expone a sanciones económicas y a que el vehículo pueda ser inmovilizado. Pero el riesgo más grande es otro: si atropellas a un peatón y le causas lesiones graves, tendrás que pagar tú la indemnización, que puede ser de miles de euros.
¿Me cubre mi seguro de hogar?
Algunos seguros de hogar incluyen la responsabilidad civil familiar, que puede cubrir daños causados con un patinete. Pero desde 2026 la ley exige un seguro específico para el vehículo que cumpla los requisitos legales. Pregunta a tu aseguradora si tu póliza de hogar es válida como seguro obligatorio del patinete o si necesitas uno aparte. Lo vemos en qué cubre un seguro de hogar.
Cuánto cuesta
Los seguros de responsabilidad civil para patinetes son baratos: de forma orientativa, desde unas decenas de euros al año. Con robo o accidentes del conductor, el precio sube.
Qué mirar al contratarlo
- Que cubra el modelo exacto de tu patinete.
- Que cumpla los mínimos legales de cobertura.
- Si incluye defensa jurídica.
- Si quieres robo: qué condiciones exige (candado, guardarlo en casa).
- Si cubre a otras personas que usen tu patinete.
En resumen: desde el 2 de enero de 2026, los patinetes eléctricos deben tener un seguro de responsabilidad civil obligatorio con mínimos de 6,45 millones por daños personales y 1,3 millones por daños materiales. Las bicis de pedaleo asistido quedan fuera. Es barato y te protege de indemnizaciones muy altas.
Preguntas frecuentes
¿Necesito carné para conducir un patinete?
No, no se exige permiso de conducir. Pero sí debes cumplir las normas de circulación de la DGT y de tu ayuntamiento (por dónde circular, casco cuando sea obligatorio, no llevar pasajeros).
¿Los menores pueden tener seguro de patinete?
El seguro lo contrata normalmente el titular adulto. Comprueba que la póliza cubre al menor que lo usa y la edad mínima que exija la normativa local.
¿Me cubre el seguro si circulo por la acera?
Circular por donde está prohibido es una infracción, y algunas pólizas pueden reclamarte después lo que paguen a la víctima. Respeta las normas de circulación.